En la batalla por un sistema hipotecario más justo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha vuelto a demostrar su desacuerdo con la legislación española. En 2013 se aprobaba que el plazo para denunciar las cláusulas abusivas de los contratos y evitar desahucios sería de un mes. Plazo, en la opinión del tribunal, no razonable para preparar e interponer un recurso eficaz, que dificulta en exceso el ejercicio de los derechos de los consumidores. Además, critica también la forma de notificación de la ley: a través del BOE, lo que considera que no constituye medio suficiente de notificación para el consumidor demandado.
Cabe recordar que, tras la modificación de la Ley Hipotecaria en 2013, se permitía demandar por el carácter abusivo de las cláusulas en el plazo de diez días desde que se notificara el Auto, plazo que tuvo que ser ampliado puesto que vulneraba la legislación comunitaria. El problema no se soluciona con la ampliación del plazo a un mes, pero aunque la opinión del abogado de la corte no es vinculante, es especialmente significativa por sumarse a otra media decena de sentencias firmes negativas contra la legislación hipotecaria española en el ámbito comunitario. La Comisión Europea está negociando con las autoridades españolas la introducción de nuevos cambios en la norma, sin descartar lanzar un procedimiento de infracción. A la espera de la publicación de la sentencia definitiva, cabe la esperanza con este nuevo paso hacia una legislación más justa para el consumidor.