Requisitos de la dación en pago

Requisitos de la dación en pago

El Código de Buenas Prácticas, que recoge la dación en pago, plasma las medidas de apoyo al hipotecado, pero es tan restrictivo que casi no resulta aplicable ya que exige que la familia se encuentre en una situación económica definida como de umbral de exclusión, es decir, que todos los miembros de la unidad familiar no tengan rentas derivadas del trabajo ni otros bienes para hacer frente a la deuda. También exige que la cuota hipotecaria supere el 60 de los ingresos de la unidad familiar.

El préstamo ha de ser sólo de la única vivienda en propiedad del deudor y haber sido concedido para la adquisición de la misma.

Además exige otro límite cuantitativo dependiendo del precio de adquisición del inmueble, que no debe superar esta escala:

  • 200.000€ para municipios de más de un millón de habitantes.
  • 180.000€ para municipios de más de 500.000 habitantes.
  • 150.000€ para municipios de más de 100.000 habitantes.
  • 120.000€ para municipios de menos de 100.000 habitantes.


Con todos estos requisitos se quedan fuera muchos hipotecados que también necesitarían la figura de la dación en pago y evitar la ejecución hipotecaria.

No obstante, es posible que aun cumpliendo los requisitos, los bancos no acepten la dación en pago y ofrezcan al deudor la figura de la novación, mediante la cual se cambien alguno de los elementos de la hipoteca, siendo el plazo el más frecuente y así disminuir el importe de las cuotas.

Si la entidad financiera no acepta la dación en pago, es posible iniciar un procedimiento judicial para que los jueces dicten la aceptación de la dación en pago, bien por defectos legales de forma en los contratos de préstamos hipotecarios o por incumplimiento de las obligaciones de la entidad financiera.

Conseguida la dación en pago, el deudor queda liberado de su deuda mediante la entrega del bien gravado.

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